Presentación de denuncias penales

 Desde esta página puede consultar la información para presentar una denuncia penal.  


¿Cómo puedo presentar una denuncia penal?

Si ha sido víctima de un hecho delictivo puede presentar una denuncia penal sobre los hechos de alguna de las siguientes formas.

  • De forma electrónica 

Deberá acceder a la "Aplicación e-denuncia" y rellenar los datos interesados para su tramitación. Posteriormente, deberá dirigirse a un Puesto de la Guardia Civil, donde tras su previa identificación (DNI, NIE, pasaporte) ratificará la denuncia presentada de forma electrónica ante un agente, firmándola ambos a continuación.

  • Verbalmente

    • Deberá dirigirse a un Puesto de la Guardia Civil, donde un agente tras identificarle con un documento que acredite su identidad (DNI, NIE, pasaporte) le recogerá la manifestación de los hechos denunciados por escrito, firmándola ambos a continuación. 
  • Por escrito

    • Deberá dirigirse a un Puesto de la Guardia Civil con un documento que acredite su identidad (DNI, NIE, pasaporte) y presentar un escrito en el que conste la identidad del denunciante y los hechos denunciados, el cual deberá estar firmado por el denunciante.

En todos los casos, si el denunciante no pudiera firmar, lo hará otra persona a su petición.

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Presentación de una denuncia de forma electrónica: "Aplicación e-denuncia"

Si quiere presentar una denuncia de forma electrónica  tiene que acceder a la Aplicación e-denuncia, pulse aquí para acceder.

Exclusivamente pueden denunciarse desde la aplicación los siguientes hechos:

  • Pérdida o extravío de documentación o efecto
  • Hallazgo de documentación o efectos
  • Sustracción de vehículos
  • Sustracción en el interior de vehículos
  • Hurtos (sustracciones sin mediar violencia o intimidación, no “tirones”)
  • Daños  

Para el resto de hechos, pónganse en contacto con el Puesto de la Guardia Civil más cercano, pulse aquí para acceder, o acuda personalmente, en el menor plazo posible. 

Si le surgen dudas sobre la utilización de la "Aplicación e-denuncia" o si no tiene claro si puede o no presentar denuncia por este medio póngase en contacto con la Oficina de Información y Atención al Ciudadano de la Guardia Civil:

Instrucciones

Antes de rellenar los datos interesados para su tramitación es importante que lea las instrucciones que aparecen en las pantallas de la Aplicación e-denuncia.

Como guía de usuario para la utilización de la Aplicación e-denuncia puede consultar el "Manual e-denuncia" que encontrará al acceder a la aplicación. En él se explica en detalle cada uno de los campos del formulario a rellenar. 

Puede acceder a nuestro videotutorial pinchando aquí.

Ratificación de la denuncia presentadadenuncias_web

Una vez haya rellenado los datos obligatorios del formulario deberá ratificar la denuncia presentada en un Puesto de la Guardia Civil en un plazo máximo de 72 horas desde la formalización electrónica. Para ello deberá imprimir el justificante de la denuncia y presentarlo en el Puesto de la Guardia Civil  que haya seleccionado. En  caso  de  no  poder  personarse  en  las  dependencias  policiales  por  motivos  de causa mayor (viaje,  enfermedad, etc.), deberá ponerse en contacto con el Puesto de Guardia Civil por el medio más rápido posible (teléfono de la Unidad, 062, etc.).

Con el escrito de la denuncia puede presentar los medios de prueba que considere oportunos para acreditar los hechos denunciados (fotografías o documentos).

En el acto de ratificación de la denuncia presentada  es necesario que el denunciante acredite su identidad a través del DNI, NIE o pasaporte. 

Para la formalización de la denuncia puede solicitar, si lo desea, "Cita Previa" en los 384 Puestos de las 43 provincias que actualmente están habilitados para ello.

 

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Hechos no denunciables de forma electrónica

  • Si el delito se está cometiendo en ese momento, o se acaba de cometer (en este caso llamé al 062 o al 112).
  • Si se ha producido con violencia o intimidación.
  • Si se trata de hechos relacionados con la violencia de género.
  • Si se ha producido en inmuebles con escalo, fractura de ventanas, puertas,  paredes, etc.
  • Si el autor es o puede ser reconocido o identificado.
  • Si existen testigos.
  • Si ha habido intervención policial.
  • Si la víctima es menor no emancipado o persona con discapacidad intelectual o psíquica.

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Cuestiones a tener en cuenta a la hora de realizar la denuncia electrónica

Hurtos o extravíos de documentación

En los hurtos o extravíos de documentación deberá aportar cualquier tipo de documentación que acredite su identidad (pasaporte, libro de familia, otro tipo de documentos identificativos “carnet de museos, bibliotecas, instalaciones deportivas”… o, en su defecto fotocopias de los mismos). 

Sustracción de vehículos

En el caso de robo/hurto de vehículos debe presentar cuantos documentos puedan acreditar la propiedad o la posesión del mismo, su matrícula, y la póliza de seguro, en su caso, que cubran esas contingencias, así como la existencia de cámaras de CCTV en las proximidades del lugar donde se encontraba el vehículo.

Sustracciones en el interior de vehículos

Si se trata de sustracción en el interior de un vehículo debe presentar el mismo cuando se persone en el Puesto de la Guardia Civil (antes de llevarlo al taller, manipularlo, etc.,). Así mismo debe llevar cuantos documentos puedan acreditar la propiedad o la posesión del mismo, de los efectos sustraídos y la póliza de seguro, para el caso de que cubra dichas contingencias. 

Hurtos

Si la denuncia que desea interponer es por hurto en domicilio, establecimiento comercial, interior de vehículo, etc; debe acudir lo antes posible al Puesto de la Guardia Civil más cercano e intente no manipular el lugar del hecho. Es importante que aporte cuantos documentos obren en su poder y que acrediten su propiedad o posesión, así como la descripción de los objetos sustraídos (facturas, números de serie, fotografías, póliza de seguro, etc.).

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Consideraciones legales

El denunciante que presente la denuncia por escrito deberá saber que está obligado a decir la verdad (art. 433 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, LECrim) y que puede incurrir en responsabilidad penal en el caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal o realizarlo con temerario desprecio a la verdad (art. 456 del Código Penal).

De igual forma puede incurrir en responsabilidad penal en el caso de simular ser responsable o víctima de una infracción penal (art. 457 del Código Penal), o faltar a la verdad en su testimonio (art. 458 del Código Penal).

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Localización de los Puestos de la Guardia Civil

Direcciones y teléfonos

Con objeto de facilitar la búsqueda del Puesto de la Guardia Civil más próximo al lugar de su residencia tiene a su disposición en este Portal los teléfonos y direcciones postales de la Unidades de la Guardia Civil.

Consultar teléfonos y direcciones postales de la Guardia Civil, pulse aquí para acceder.

La sección dispone de un buscador a través del cual puede localizar el Puesto interesado, tras introducir cualquiera de estos campos:

Teléfono de contacto* Término a buscar. 

* Provincia.

* Código postal.

En caso de duda llame al teléfono 062


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